23 Mar Medidas tributarias Hacienda Foral de Alava, Marzo 2020
Como consecuencia de la situación derivada del estado de Alarma decretado el pasado Sábado 14 Marzo, la Diputación Foral de Alava ha aprobado ( BOTHA nº 33 de fecha 20/03/2.020 ) el Decreto Normativo de Urgencia fiscal 2/2.020, del Consejo de Gobierno Foral de 18 marzo, por el que se aprueban medidas tributarias urgentes para responder al impacto económico del COVID – 19.
Son destacables las siguientes:
1.- Plazos de presentación de autoliquidaciones
Al margen de la ampliación de plazos específicos correspondientes a declaraciones mensuales; el plazo voluntario de presentación e ingreso de las autoliquidaciones trimestrales correspondientes al I Trimestre 2.020 se extiende hasta el 01 Junio 2.020.
El plazo de ingreso de las liquidaciones cuyo vencimiento se produzca a partir del 14 marzo 2.020, se extenderá hasta el 01 Junio 2.020.
2.- Fraccionamiento excepcional de deudas tributarias
Deudas tributarias de personas físicas con ejercicio de actividad económica, microempresas y pequeñas empresas; se podrán hacer efectivas con posterioridad al 01 Junio 2.020, mediante la solicitud de un fraccionamiento de 6 cuotas mensuales de igual importe, siendo el primer plazo exigible el del 01 Julio 2.020.
Este fraccionamiento no exigirá garantía alguna ni devengará intereses de demora.
3.- Pagos fraccionados derivados del ejercicio de actividades económicas
Las personas físicas obligadas al pago fraccionado modelo 130, no estarán obligadas a presentar e ingresar dicho Modelo correspondientes al I y II Trimestre 2.020.
Las medidas contenidas en este decreto no afectan a la declaración de IRPF Ejercicio 2.019, campaña de 2.020, que seguirá su propia regulación.
Por último, las medidas contenidas en este Decreto producirá efectos desde el 14 Marzo 2.020