Novedades Hacienda Bizkaia y Alava para paliar los efectos de la segunda ola del Covid19

Novedades Hacienda Bizkaia y Alava para paliar los efectos de la segunda ola del Covid19

En fechas 02 de Diciembre y 09 de Diciembre, las Haciendas Forales de Bizkaia y Alava han aprobado sendos decretos Forales Normativos sobre medidas tributarias urgentes para paliar los efectos de la segunda ola del COVID-19.

Estas medidas hacen referencia a determinados Impuestos tanto para el ejercicio 2.020, como para el 2.021, siendo destacables las siguientes desde un punto de vista práctico:

1.- Se exonera del pago fraccionado a cuenta del IRPF en el 4º trimestre del ejercicio 2020, a los contribuyentes del IRPF que ejerzan actividades económicas

2.- Con efectos para los ejercicios 2020 y 2021, quedan exentas de tributación en IRPF las ayudas o subvenciones otorgadas por las Administraciones Públicas Vascas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos, en el marco de la crisis sanitaria COVID19.

Esta exención no será de aplicación a las prestaciones públicas percibidas por la crisis sanitaria COVID19.

  1. Se podrán fraccionar de manera excepcional deudas tributarias correspondientes a autoliquidaciones a presentar entre el 1/1/2021 y el 30/4/2021, con los siguientes requisitos:

-Podrán hacerlo contribuyentes del IRPF con actividad económica y/o rendimientos de capital inmobiliario, y las microempresas y pequeñas empresas a efectos del Impuesto sobre Sociedades

-No se deberá aportar garantía alguna, y la deuda no devengará intereses

-La deuda deberá abonarse en 6 cuotas mensuales, la primera de ellas a hacerlo tras un período de carencia de 3 meses

También se establecen otras medidas relativas a la deducción por renovación de Vivienda Habitual en el IRPF y otras de carácter específico del Impuesto sobre Sociedades.