Novedades Hacienda Foral Alava: tributación prestación por cese de actividad para autónomos, y pagos fraccionados IRPF

Novedades Hacienda Foral Alava: tributación prestación por cese de actividad para autónomos, y pagos fraccionados IRPF

Como consecuencia de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID 19 y por ello, de toda la Normativa derivada de lo anterior, la Diputación Foral de Alava, al igual que ya lo hiciera la Hacienda Foral de Bizkaia, ha vuelto a aprobar (BOTHA nº 116 de fecha 14/10/2020) el Decreto Normativo de Urgencia fiscal 12/2.020, de 6 de Octubre de medidas tributarias adicionales urgentes en distintos Impuestos y, relacionados con la COVID 19 para el territorio de Alava.

Mediante este Decreto, se introducen diversas modificaciones en los Impuestos de Sociedades, Renta Personas Físicas, transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos Documentados y tributo sobre el juego.

En especial, son de destacar en el ámbito del impuesto sobre la Renta de las personas físicas ( IRPF ), con efectos este ejercicio 2.020,

a.- Las prestaciones por cese de actividad que los contribuyentes por ejercicio de actividad económica hubieran percibido durante el 2.020, tributarán como rendimiento de actividad económica – no considerándose exentas, como sí se establece para el recibo del Ingreso Mínimo Vital.

Se entiende que esta misma prestación, para aquellos autónomos denominados societarios y para los que podría tener el carácter de rendimiento de trabajo, también estarán sujetas a tributación.

b.- La no obligación de autoliquidar e ingresar en la Hacienda Foral de Alava el pago fraccionado correspondiente al III Trimestre 2.020.