Novedades Hacienda Foral Gipuzkoa: tributación prestación por cese de actividad para autónomos, y pagos fraccionados IRPF

Novedades Hacienda Foral Gipuzkoa: tributación prestación por cese de actividad para autónomos, y pagos fraccionados IRPF

Como consecuencia de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID 19 y por ello, de toda la Normativa derivada de lo anterior, la Diputación Foral de Gipuzkoa, al igual que ya lo hicieran las Haciendas Forales de Bizkaia y Álava, ha vuelto a aprobar (BOG nº 197 de fecha 15/10/2020) el Decreto Foral Norma 8/2020, de 13 de Octubre, sobre medidas complementarias de carácter urgente para paliar determinadas consecuencias del Covid-19.

En especial, son de destacar en el ámbito del impuesto sobre la Renta de las personas físicas ( IRPF ), con efectos este ejercicio 2020,

a.- Las prestaciones por cese de actividad que los contribuyentes por ejercicio de actividad económica hubieran percibido durante el 2020, tributarán como rendimiento de actividad económica – no considerándose exentas-, como sí se establece para el recibo del Ingreso Mínimo Vital.

Se entiende que esta misma prestación, para aquellos autónomos denominados societarios y para los que podría tener el carácter de rendimiento de trabajo, también estarán sujetas a tributación.

b.- La no obligación de autoliquidar e ingresar en la Hacienda Foral de Gipuzkoa el pago fraccionado correspondiente al tercer Trimestre 2020.